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Los trabajadores públicos del ámbito musical docente e interpretativo de la región podrán desempeñar un segundo puesto de trabajo o actividad
Así viene recogido en el decreto114/2018, de 24 de julio, por el que se declara la compatibilidad, por razón de interés público, del desempeño de un segundo puesto de trabajo o actividad en el sector público en el ámbito musical docente e interpretativo. Publicado en el DOE 147 de 30 de julio de 2018.
El personal que se podrá beneficiar de esta compatibilidad es:
1. El personal docente con destino en los Conservatorios de Música de titularidad pública del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura, podrá compatibilizar un segundo puesto de trabajo o actividad en el sector musical interpretativo al servicio de las agrupaciones orquestales de titularidad pública radicadas en dicho ámbito territorial.
2. El personal docente o interpretativo con destino en las escuela de música y en las bandas de música de titularidad pública local podrá compatibilizar una segunda actividad en el sector musical docente o interpretativo en el referido ámbito local.
Como requisito indispensable será necesaria la previa y expresa autorización de compatibilidad, que no supondrá modificación de la jornada de trabajo y horario de los dos puestos y que se condiciona a su estricto cumplimiento en ambos. La jornada laboral de esta segunda actividad no podrá ser superior a 12 horas y 30 minutos, salvo en la colaboración ocasional de concretos programas musicales a requerimiento de los órganos rectores de la respectiva orquesta o banda de música.