Actualidad y agenda
Fase 3 de #desescalada en el sector cultural: condiciones y medidas.
Desde el 8 de junio de 2020, la Comunidad Autónoma de Extremadura está en la Fase 3 de #desescalada del Plan para la transición hacia una nueva normalidad. Esto implica algunas novedades y/o cambios con respecto a las fases anteriores en sector cultural: las Bibliotecas podrán ofrecer más servicios; se podrán hacer actividades culturales en museos; se aumenta el aforo de todos los espacios culturales hasta el 50%.; aumenta el número de personas que pueden asistir a actos y espectáculos culturales al aire libre; se podrán hacer visitas guiadas de hasta 20 personas en monumentos, otros espacios similares y museos; en librerías y otros comercios se aumenta el aforo hasta el 50%; y en centros de formación se reanuda la actividad con un 1/3 del aforo.
Os dejamos un resumen, de carácter orientativo e informativo. En caso de duda, recomendamos consultar las órdenes y/o las recomendaciones del Ministerio de Sanidad o el Ministerio de Cultura y Deporte sobre este tema.
- Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
- Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
- Orden SND/458/2020, de 30 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad. Consulta la orden en FASE 3
RESUMEN FASE 3 #DESESCALADA SECTOR CULTURAL
· Aumento del aforo hasta el 50% del máximo permitido
· A los servicios permitidos en las fases anteriores se añaden:
• Actividades culturales en las bibliotecas (mantenimiento de distancia de seguridad interpersonal de dos metros entre los asistentes).
• Estudio en sala (siempre que las condiciones lo permitan con mantenimiento de distancia de seguridad interpersonal de dos metros entre los asistentes
• Préstamo y devolución de obras (fase 1)
• Lectura en sala (fase 1)
• Información bibliográfica y bibliotecaria (fase 1)
• Consulta en sala. (fase 2)
• Uso de ordenadores y medios informáticos (catálogos en línea, catálogos en fichas, etc.). Desinfectados después de cada uso. (fase 2)
• Préstamo interbibliotecario entre bibliotecas de las mismas zonas. (fase 2)
· Siguen sin abrirse las salas infantiles y las colecciones de libre acceso. (indicado en la fase 2)
· Las medidas de higiene, prevención y de información son las mismas que en fases anteriores.
MUSEOS
· Aforo máximo permitido hasta un 50% del total.
· Las visitas podrán ser de grupos de hasta veinte personas, siempre que se mantenga la distancia de seguridad interpersonal de dos metros.
· Permitidas actividades educativas, conferencias, talleres, conciertos y, en general, programas públicos. se limitará la asistencia al número de personas que permita mantener la distancia de seguridad interpersonal de dos metros. Igualmente, se informará del límite de participantes en la convocatoria de la actividad
· Las medidas de higiene, prevención y de información son las mismas que en fases anteriores.
SALAS DE EXPOSICIONES.
• Aforo máximo permitido del 50% del total y siempre que se adopten las medidas necesarias para el debido control de las aglomeraciones.
• Las medidas de higiene, prevención y de información son las mismas que en fases anteriores.
MONUMENTOS Y OTROS EQUIPAMIENTOS CULTURALES
• Solo visitas, no está permitida ninguna otra actividad cultural.
• Aforo máximo permitido hasta el 50% del total, controlado a través del control de entradas.
• Visitas individuales, de convivientes o de grupos de un máximo de 20 personas.
• Las medidas de higiene, prevención y de información son las mismas que en fases anteriores.
CINES, TEATROS, AUDITORIOS, CIRCOS DE CARPA Y ESPACIOS SIMILARES
• Aforo máximo permitido hasta un 50% del total.
• Butaca preasignada. Se recomienda la venta online o telefónica de la entrada
• Las medidas de higiene, prevención y de información son las mismas que en fases anteriores.
Otros espacios donde se realizan ACTOS Y/O ESPECTÁCULOS CULTURALES
• Lugares cerrados: máximo 80 personas y nunca más de 50 % del aforo total.
• Lugares abiertos: máximo 800 personas y nunca más de 50 % del aforo total.
• Las medidas de higiene, prevención y de información son las mismas que en fases anteriores.
COMERCIOS MINORISTAS: Librerías, papelerías, venta de instrumentos musicales y otros productos culturales o relacionados con la cultura:
• Aumento del aforo máximo permitido al 50%. Siempre garantizando la distancia mínima de dos metros entre clientes.
• La distancia entre vendedor o proveedor de servicios y cliente durante todo el proceso de atención al cliente será de al menos un metro cuando se cuente con elementos de protección o barrera, o de aproximadamente dos metros sin estos elementos.
• Las medidas de higiene, prevención y de información son las mismas que en fases anteriores.
CONDICIONES PARA LA PRODUCCIÓN Y DESARROLLO DE RODAJES DE OBRAS AUDIOVISUALES.
• Mismas condiciones que en fases anteriores.
CONDICIONES PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES TURÍSTICAS Y GUÍAS TURÍSTICOS.
• Se podrán realizar actividades deportivas, culturales y recreativas en la naturaleza, en grupos de un máximo de 30 personas. Garantizando la distancia de seguridad interpersonal de dos metros. Cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad, se deberán utilizar los equipos de protección adecuados al nivel de riesgo
• Los Guías podrá realizar visitas, mediante cita previa, con un máximo de 20 personas en monumentos y otros espacios culturales, evitando zonas donde se puedan producir aglomeraciones y cumpliendo todas las medidas señaladas por las autoridades para dichos monumentos.
CENTROS DE FORMACIÓN
• Mismas condiciones que en la fase 2
• Se permite reanudación de actividad presencial con un máximo de 1/3 del aforo total.
• Medidas de higiene y prevención previstas para los establecimientos y locales comerciales de carácter minorista.
MEDIDAS DE HIGIENE Y PROTECCIÓN en los centros de trabajo:
• Se fomentará la continuidad del teletrabajo para aquellos trabajadores que puedan realizar su actividad laboral a distancia
• El titular de la actividad económica o, en su caso, el director de los centros de trabajo deberán adoptar las acciones necesarias para cumplir las medidas de higiene y prevención para el personal trabajador.
• Poner a disposición de los trabajadores geles hidroalcohólicos o desinfectantes.
• Cuando no pueda garantizarse la distancia de seguridad interpersonal de aproximadamente dos metros, se asegurará que los trabajadores dispongan de equipos de protección adecuados al nivel de riesgo.
• Los centros de trabajo deberán realizar los ajustes en la organización horaria que resulten necesarios para evitar el riesgo de coincidencia masiva de personas.
• Se deberá asegurar que se adoptan las medidas de limpieza y desinfección adecuadas a las características e intensidad de uso de los centros, entidades, locales y establecimientos previstos en esta orden. En las tareas de limpieza se prestará especial atención a las zonas de uso común.
• Cuando en los centros, entidades, locales y establecimientos previstos en esta orden haya ascensor o montacargas, su uso se limitará al mínimo imprescindible y se utilizarán preferentemente las escaleras