Red de teatros
Cómo formar parte de la Red y ayudas a la programación.
CÓMO FORMAR PARTE DE LA RED
Podrán adherirse a la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura todos los municipios de Extremadura que dispongan de espacios escénicos, en propiedad, en alquiler o cesión de uso y que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 8 del Decreto 155-2018. Éstos hacen referencia a las condiciones técnicas del espacio escénico y los recursos humanos y económicos disponibles.
La presentación de solicitudes de integración en la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura, tiene carácter abierto y permanente de manera indefinida.
Los pasos a seguir son:
1º - Tener un espacio escénico, en propiedad, en alquiler o cesión de uso que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 8 del Decreto 155-2018.
2 º- Solicitar la Adhesión cumplimentando el Anexo 1 del decreto junto a la documentación solicitada.
3ª - La Comisión técnico-artística y de seguimiento revisa la candidatura y aprueba o no la misma. La resolución de la adhesión, tanto negativa como positiva, se publica en el D.O.E. Se realizarán un máximo de dos resoluciones al año.
4 ª - La pertenencia a la Red implica una serie de obligaciones que pueden consultarse en el siguiente enlace OBLIGACIONES.
Más información en el siguiente enlace INCORPORACIÓN RED.
AYUDAS A LA PROGRAMACIÓN
La programación de las actividades de la Red de Teatros y otros espacios escénicos se desarrollará en 2 períodos:
- Primer periodo: del 1 de enero al 31 de agosto
- Segundo periodo: del 1 de septiembre al 31 de diciembre.
Los municipios está obligados a realizar una programación estable, teniendo que contratar al menos 6 espectáculos de los presentados en la oferta de la red (cuatro en el primer procedimiento y dos en el segundo).
CAPÍTULO III
AYUDAS A LA PROGRAMACIÓN
El procedimiento de concesión de las subvenciones previstas en este decreto se tramitará en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria abierta. Podrá realizarse un máximo de una convocatoria con dos procedimientos anuales, en la que se concretará el importe máximo a otorgar, el plazo en el que podrán presentarse las solicitudes y el plazo máximo de resolución.
La cuantía máxima por ayuda anual, incluidos los dos procedimientos, será como máximo de 80.000 euros por solicitante y un máximo de 12 actuaciones, con los siguientes condicionantes y limitaciones: 70 % del caché de compañías extremeñas, 50 % no extremeñas.
Acceso en el siguente enlace Capítulo III.