Red de teatros
Importante: cambios en el nuevo Decreto regulatorio
El pasado 13 de enero se publicó en el Diario Oficial de Extremadura el nuevo Decreto que regula la Red de teatros y otros espacios escénicos de Extremadura que vienen a sustituir al anterior que data de 2018; donde se plantean una serie de modificaciones al mismo en pro de la eficacia y eficiencia del objetivo último de las bases reguladoras en vigor.
Los cambios son:
- Órganos de la Red.
Se mantienen la Comisión técnico-artística y de seguimiento y el Plenario.
En el Plenario se modifica su composición para que sea más ágil. Estará formado por un representante de la Consejería y un representante de cada uno de los municipios que pertenecen a la Red.
- Espacios Escénicos.
Los municipios integrados actualmente en la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura serán incorporados de oficio a la presente Red con los espacios que figuraban en su solicitud
Se ajustan los formatos de solicitud y documentación a presentar por parte de los solicitantes, simplificando los procedimientos.
Se incluyen nuevos requisitos: al menos 10 canales de dimmer y sistema de amplificación adecuado al espacio (P.A. más dos monitores). Los municipios ya integrados disponen de 2 años para adaptarse a los nuevos requisitos.
Aquellos municipios que no deseen continuar, disponen de 15 días hábiles desde la entrada en vigor del nuevo decreto, para presentar su renuncia a la pertenencia a la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura. El plazo termina el 3 de febrero de 2025.
- Oferta de Programación.
Se establece un periodo máximo de permanencia para los espectáculos que forman parte de la oferta de 4 años.
Se modifica el número máximo de espectáculos por empresa incorporados a la oferta de programación.
- Para empresas extremeñas, el número máximo pasa a 3.
- Para empresas fuera de Extremadura, el número máximo pasa a 1.
Los espectáculos ya integrados serán incorporados de oficio a la oferta de programación con las mismas características, disponiendo de 15 días hábiles para solicitar la baja de aquellos que consideren.
Importante: Aquellas empresas que en la actualidad tengan incorporados a la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura un número de espectáculos superior al máximo de los establecidos , deberán solicitar por escrito en el plazo de 15 días hábiles desde la entrada en vigor del presente decreto, la exclusión de los espectáculos necesarios para no superar el límite establecido, de otra manera, serán excluidos la totalidad de los integrados en ese momento.
- Incorporación de empresas a la oferta de programación.
Se mantiene una convocatoria anual para la incorporación de nuevas empresas y/o espectáculos.
Se ajustan los formatos de solicitud y documentación a presentar por parte de los solicitantes, simplificando los procedimientos.
Se eliminan los criterios de valoración.
Los espectáculos que se oferten deben ser técnicamente asumibles por los espacios escénicos pertenecientes a la Red ateniendo a los criterios del artículo 9 del nuevo decreto.
Se modifica el número máximo de espectáculos por empresa incorporados a la oferta de programación.
- Para empresas extremeñas, el número máximo pasa a 3.
- Para empresas fuera de Extremadura, el número máximo pasa a 1.
- Ayudas a la programación para municipios que integran la RED.
Se ajustan los formatos de solicitud y documentación a presentar por parte de los solicitantes, simplificando los procedimientos.
El plazo para solicitar ayudas para el primer periodo (enero-agosto) está abierta del 14 de enero al 3 de febrero de 2025.
El pago de las ayudas concedidas será del 100% de la subvención concedida, cuando se justifique la contratación de los espectáculos subvencionados por parte del municipio. Esta justificación deberá efectuarse en el plazo de los treinta días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Extremadura.